Derecho Internacional
El Derecho Internacional es la
rama jurídica que regula las relaciones entre Estados y particulares, siempre
que tengan un componente internacional, con el objetivo de evitar conflictos.
Se puede aplicar a dos niveles: en las relaciones que se producen entre dos o
más países y en las relaciones jurídicas de ciudadanos que tengan carácter
internacional.
El Derecho Internacional surge
de la necesidad de establecer un marco que regulase conflictos frecuentes entre
países. Por ejemplo, los derechos para explotar aguas que podían ser dominio de
varios territorios o el establecimiento de fronteras. Los antecedentes del
Derecho Internacional se remontan a tratados de paz como el de Westfalia de
1648, que puso fin a la Guerra de los 30 años en Alemania y a la de los 80 años
entre España y Países Bajos. Más adelante, declaraciones como la de París de
1853 sobre la guerra en el mar o los Convenios de Ginebra sobre el derecho
internacional en cuestiones humanitarias, han sido muy relevantes para sentar
las bases de este corpus normativo internacional.
Derecho Internacional Público
El marco jurídico del Derecho
Internacional Público es un conjunto de normas jerarquizadas y coordinadas que
se aplican a las relaciones externas entre sujetos soberanos, es decir, entre
Estados y otros sujetos de derecho internacional como las organizaciones
internacionales. Este marco busca regular las relaciones y consensuar los
mecanismos jurídicos disponibles para todas las partes implicadas, ofreciendo
seguridad jurídica a las relaciones internacionales.
Entre las materias que regula
el Derecho Internacional Público están:
La explotación de bienes
comunes internacionales como las aguas y el medio ambiente, el uso del espacio
ultraterrestre, las comunicaciones mundiales y el comercio internacional.
·
La protección de los derechos humanos.
·
Conflictos de nacionalidad.
·
Estatus de refugiados y migrantes.
·
Desarme nuclear y de otro tipo de armamento.
Las fuentes del Derecho
internacional público son:
·
Los tratados internacionales.
·
Los principios generales del Derecho
reconocidos por los Estados.
·
La costumbre internacional.
·
Las decisiones judiciales y las doctrinas que
pueden servir como herramienta para determinar la aplicabilidad de una norma.
Los tratados internacionales
son la herramienta jurídica clave de las relaciones entre Estados. Se trata de
acuerdos celebrados por escrito que dan lugar a un instrumento legal o a varios
conexos, independientemente de cómo se denominen —pacto, convenio,
declaración…—. Los tratados internacionales se celebran entre Estados —entre
sus representantes— o entre Estados y otros sujetos de derecho internacional
como las organizaciones internacionales —Naciones Unidas, Unión Europea,
Organización Mundial del Comercio, etc.—.
Derecho Internacional Privado
La diferencia respecto a la
parte pública está en su ámbito de aplicación, es decir, qué relaciones regula
y a quién afecta. La parte privada del Derecho Internacional se encarga de
regular las relaciones entre particulares en las que está presente un elemento
de extranjería y, por tanto, entran en juego varios ordenamientos jurídicos.
Derecho internacional
Pensemos, por ejemplo, en la
adopción internacional. Se trata de un acto privado con un componente
internacional. Un matrimonio español que desea adoptar a un bebé en un país
asiático. Los trámites de adopción varían según el país y ofrecen más o menos
barreras en función de la existencia de tratados internacionales con los que
canalizar tanto el papeleo como la potencial resolución de conflictos. El
derecho internacional privado analizará la situación y ayudará a determinar si
se aplica algún tratado internacional o qué rol desempeña la ley nacional ante
el caso, algo necesario para determinar, por ejemplo, la nacionalidad de la
persona adoptada y su filiación con los adoptantes.
Este ejemplo nos da el punto
de partida para entender cuándo será necesario recurrir al derecho
internacional privado, es decir, qué materias aborda:
·
Reconocimiento y ejecución de decisiones
adoptadas en un tribunal extranjero.
·
Determinar las obligaciones contractuales o
extracontractuales de una persona.
·
Leyes aplicables en caso de matrimonio,
filiación, adopción y obligaciones alimentarias.
·
Ley aplicable en cuestiones sucesorias.
·
Especialización en Derecho Internacional
El programa del Grado en
Derecho contempla el estudio de ambas ramas jurídicas para que el futuro
abogado maneje con precisión los conceptos de este campo. Como hemos visto, son
áreas extensas y es importante diferenciarlas para ejercer la abogacía con
diligencia.
Los graduados en Derecho que
deseen especializarse en Derecho Internacional pueden optar por programas
específicos de la parte pública o de la parte privada, orientando su labor, por
ejemplo, hacia cuestiones concretas como la protección de los Derechos Humanos
o hacia el Derecho del Comercio Internacional
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